sábado, 14 de agosto de 2010

Nuevas categorias de licencias que reemplazaran a las actuales, al momento de la renovacion.

Clase 1: motocicletas, triciclos, cuatriciclos motorizados y ciclomotores hasta 50 cc.
Clase 2: motocicletas, triciclos, cuatriciclos motorizados y ciclomotores de 50 cc hasta 300 cc.
Clase 2.1: motocicletas, de mas de 300 cc.
Clase 3: para automoviles y camionetas de hasta 3.500 kg. de peso.
Clase 4: camiones sin acoplado, casas rodantes motorizadas de mas de 3.500 kg. de peso, y los autos comprendidos en la clase 3.
Clase 4.1: automoviles y camionetas con acoplado y loa automotores comprendidos en clase 3.
Clase 5: vehiculos de transporte de pasajeros y transporte de noños o escolares en ambito comunal (aprendiz).
Clase 5.1: taximetros y remises de hasta 8 personas y los de clase 3.
Clase 6: camiones articulados o con acoplados.
Clase 7: vehiculos de transporte automotor de pasajeros del serv. intercomunal y los de clase 3, 4 y 5.
Clase 7.1: vehiculos destinados a emergencias.
Clase 8: discapacitados para conducir automotores, incluido en la clase 3, con su correspondiente adaptacion.
Clase 9: tractores y maquinas agricolas.
Clase 9.1: maquinaria vial.
Clase 9.2: maquinaria especial no agricola

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